Vivienda: Escrito presentado en el Legajo Nº 9 del Expte. C.MA-R Nº 01/05 (Barrio San Francisco, Lanús).
El Defensor del Pueblo de la Nación adhirió a lo solicitado por el Defensor Público Oficial en relación a la relocalización de una vivienda en el camino de sirga.
Cuenca Matanza - Riachuelo
7 de febrero de 2014
CONTESTA TRASLADO. BARRIO NÉSTOR KIRCHNER.
Señor Juez:
Daniel J. Bugallo Olano, letrado apoderado del Defensor del Pueblo de la Nación, manteniendo el domicilio constituido en los autos, en el Legajo Nº 9 "Barrio Néstor Kirchner", del expediente C.MA-R Nº 01/05, caratulado "ACUMAR s/ URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS", en virtud de la competencia transitoriamente atribuida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el expediente M. 1569. XI, caratulado "Mendoza Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros, s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-Riachuelo)", a V.S. digo:
I. Que, en tiempo y forma, vengo a contestar el traslado ordenado por V.S. en fecha 30/12/2013, en relación al escrito presentado por el Defensor Público Oficial, Dr. Néstor P. Barral, el día 27/12/2013.-
II. Que, en consonancia con lo expuesto por esta parte en los escritos de fecha 20/10/2010, 29/03/2012, 02/10/2013 y 21/11/2013, y de acuerdo a lo manifestado en las audiencias judiciales sobre el particular (24/10/2013, 29/10/2013 y 11/11/2013), adherimos a lo solicitado por el Sr. Defensor Público Oficial en su presentación.-
III. Que, sin perjuicio de lo antedicho, habida cuenta de la importancia de armonizar la solución habitacional correspondiente a cada caso con el correcto ordenamiento ambiental del territorio, realizamos expresa reserva de opinión respecto a la reorganización de la zona, hasta tanto las autoridades contesten los respectivos traslados y presenten los planes de cicatrización y ordenamiento del lugar.-
Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA.-
Señor Juez:
Daniel J. Bugallo Olano, letrado apoderado del Defensor del Pueblo de la Nación, manteniendo el domicilio constituido en los autos, en el Legajo Nº 9 "Barrio Néstor Kirchner", del expediente C.MA-R Nº 01/05, caratulado "ACUMAR s/ URBANIZACION DE VILLAS Y ASENTAMIENTOS PRECARIOS", en virtud de la competencia transitoriamente atribuida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el expediente M. 1569. XI, caratulado "Mendoza Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros, s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-Riachuelo)", a V.S. digo:
I. Que, en tiempo y forma, vengo a contestar el traslado ordenado por V.S. en fecha 30/12/2013, en relación al escrito presentado por el Defensor Público Oficial, Dr. Néstor P. Barral, el día 27/12/2013.-
II. Que, en consonancia con lo expuesto por esta parte en los escritos de fecha 20/10/2010, 29/03/2012, 02/10/2013 y 21/11/2013, y de acuerdo a lo manifestado en las audiencias judiciales sobre el particular (24/10/2013, 29/10/2013 y 11/11/2013), adherimos a lo solicitado por el Sr. Defensor Público Oficial en su presentación.-
III. Que, sin perjuicio de lo antedicho, habida cuenta de la importancia de armonizar la solución habitacional correspondiente a cada caso con el correcto ordenamiento ambiental del territorio, realizamos expresa reserva de opinión respecto a la reorganización de la zona, hasta tanto las autoridades contesten los respectivos traslados y presenten los planes de cicatrización y ordenamiento del lugar.-
Tener presente lo expuesto y proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA.-