Defensoría del Pueblo de la Nación

Residuos y Basurales: Escrito presentado en el Expte. C.MA-R Nº 311/05.

La Defensoría del Pueblo de la Nación manifestó su opinión sobre el informe de basurales en la subcuenca alta, presentado por la ACUMAR.

Cuenca Matanza - Riachuelo
CONTESTA TRASLADO. SANEAMIENTO DE BASURALES. GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS URBANOS (GIRSU).
Señor Juez:
Daniel J. Bugallo Olano, letrado apoderado del Defensor del Pueblo de la Nación, manteniendo el domicilio constituido en la calle Colón Nº 224 (Of. Cardigonte), Casillero Nº 507, de Morón, y electrónico en el CUIT Nº 20047544493, en el expediente Nº 52000311/2013, caratulado "ACUMAR s/ SANEAMIENTO DE BASURALES", en virtud de la competencia transitoriamente atribuida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el expediente M. 1569. XI, caratulado "Mendoza Beatriz Silvia y otros c/ Estado Nacional y otros, s/ daños y perjuicios (daños derivados de la contaminación ambiental del Río Matanza-Riachuelo)", a V.S. digo:
I.OBJETO Que, en tiempo y forma, vengo a contestar los traslados ordenados por V.S., según consta en el cuadro a continuación:
TemaResolución JFMExpte.Presentación ACUMAR Plan conjunto con municipiosFs. 10011150/059865/9874 Ecopuntos - Cuenca Alta - Informe mensual julio 2014Fs. 10011 Fs. 4599150/05 311/0510076/10078 4595/4598

Informe mensual junio 2014Fs. 4602311/054501/4506 y 4600 Asimismo, en cumplimiento de la manda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de efectuar el control del Plan Integral de Saneamiento Ambiental (en adelante "PISA") y del programa establecido en la sentencia, fortaleciendo la participación ciudadana, vengo a realizar las siguientes consideraciones respecto de los objetivos fijados en el fallo del 8 de julio de 2008.-
II.PRELIMINAR. Que el contenido del presente escrito resulta de la labor realizada y las conclusiones alcanzadas por el CUERPO COLEGIADO, cuya coordinación está a cargo del DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN, y que se encuentra integrado también por las siguientes organizaciones: ASOCIACION CIUDADANA POR LOS DERECHOS HUMANOS, ASOCIACIÓN DE VECINOS LA BOCA,CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES, FUNDACIÓN AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES y FUNDACIÓN GREENPEACE ARGENTINA.-
III.ANTECEDENTES Que la CSJN obligó al Estado Nacional, la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a llevar a cabo, por intermedio de la ACUMAR, un programa que persiga, simultáneamente, los objetivos de mejorar la calidad de vida, recomponer el ambiente y prevenir daños en la cuenca Matanza Riachuelo.
A esos fines, en materia de residuos, ordenó:
"1) Asegurar en un plazo de 6 (seis) meses la ejecución de;
a) las medidas necesarias para impedir que se sigan volcando residuos en los basurales -legales o clandestinos- que serán cerrados;
b) las medidas para implementar el programa de prevención de formación de nuevos basurales a cielo abierto presentado ante esta Corte;
c) las medidas para erradicar las habitaciones sobre los basurales y posteriormente impedir la instalación de nuevas habitaciones sobre los mismos.
2) Ordenar la erradicación, limpieza y cierre en el plazo de 1 (un) año, de todos los basurales ilegales relevador por la Autoridad de Cuenca.
3) Concretar el plan de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) presentado ante esta Corte, con particular énfasis en los centros integrales GIRSU".
Asimismo, ordenó informes sobre la limpieza de los márgenes del río (Considerando 17, punto V).
Esta parte, con miras a contribuir a la tarea de los Juzgados a cargo de ejecutar la sentencia, y en aras de impulsar un adecuado logro de los objetivos del fallo, formuló observaciones en torno a la estrategia implementada por la ACUMAR para cumplir con sus obligaciones, así como también ofreció criterios para orientar las actividades, identificó problemas y sugirió acciones prioritarias (ver presentaciones de fecha 02/09/2014, 08/07/2014, 15/04/2014, 18/03/2014, 21/02/2014, 14/04/2014, 11/09/2013, 11/07/2013 y 03/07/2013, entre otros).
En particular, hemos enfatizando la necesidad de reencausar las acciones de modo de recomponer los pasivos ambientales ocasionados por basurales irregulares, así como también prevenir su formación mediante una gestión integral de los residuos de la cuenca. Al efecto, hemos peticionado que V.S. "a) Requiera a la ACUMAR la presentación de un informe sobre los avances del PMGIRSU, en sus ejes estratégicos de gestión integral y saneamiento de basurales, con especial atención en el Programa de Sensibilización ACUMAR 3R, construcción de Ecopuntos, recolección de residuos en villas y asentamientos. b) Impulse la adopción de las normas y losrecursos necesarios para implementarun sistema de separación en origen. c) Exija la construcción de indicadores que den cuenta de las reducciones alcanzadas en materia de volumen de residuos generados y dispuestos en basurales irregulares. d) Intime a la ACUMAR a presentar un plan de recolección de residuos en el 100% del territorio de la cuenca hidrográfica. e) Requiera la presentación de un plan para garantizar que el 100% de los residuos generados en la cuenca sean procesados en un Ecopunto con anterioridad a su disposición final. f) Requiera a la ACUMAR la presentación de un plan para todos los sitios con residuos de la cuenca, hayan sido limpiados o no, incluyendo aquellos a cargo de los municipios y los nuevos denunciados, detallando un cronograma de acciones, especialmente aquellas tendientes a evitar la reinserción e incluyendo los criterios de priorización para la intervención expuestos en el escrito del 11/07/2013. g) Intime a la ACUMAR a presentar un proyecto definitivo para la recomposición ambiental de los basurales municipales y una adecuada disposición final en los partidos de Gral. Las Heras, Cañuelas, Marcos Paz y San Vicente; h) Requiera la incorporación en la Base de Datos de Basurales, de los nuevos sitios denunciados, las tareas a cargo de los municipios y los resultados de las sucesivas inspecciones, y su publicación en el portal web de la autoridad de cuenca. i) Requiera al ente interjurisdiccional la evaluación del grado de avance en los convenios relativos al PMGIRSU y los Acuerdos Específicos sectoriales. j) Requiera a la autoridad de cuenca el listado de basurales reinsertados, desagregado por si pertenecen a la cuenca hídrica. k) Intime a cumplir con lo ordenado el 14/09/2011respecto a los planes de recolección de cada unos de los municipios, cantidad de basura generada, planes de minimización y plantas de tratamiento. l) Requiera a la ACUMAR un diagnóstico sobre los planes de recolección y basurales existentes en todas las villas y asentamientos informales".
En fecha 30/04/2014, V.S. requirió a la ACUMAR que complemente sus informes con datos de diagnóstico y accionesplanificadas para los basurales de la cuenca, incluyendo asimismo planes parapoblaciones sin recolección y acciones de minimización de generación de residuos (fs. 4371/4372). Adicionalmente, ordenó diagramar "un plan conjunto con los municipios" para evitar la reinserción e informes acerca de los ecopuntos. Asimismo, exigió a los municipios prestar colaboración en la guardia, señalización, acciones positivas e implementación del art. 94 bis de la Ley Nº 8.031 (resolución del 28/05/2014 en el Expte. Nº 150/05).
ACUMAR informó acerca del plan conjunto con los municipios (Memorando CGIRS Nº 207/2014), los informes de fiscalización mensual de los basurales de los meses de junio (Memorandos PE Nº 293 yCGIRS Nº 977/2014) y julio de 2014 (Memorando CGIRS Nº 214/2014) y el estado de los Ecopuntos y los macrobasurales de la subcuenca alta (Memorando CGIRS Nº 214/2014).
A continuación formulamos observaciones en torno a los documentos citados, advertimos sobre la persistencia de las falencias antes señaladas y exponemos las razones por las cuales no debe tenerse por cumplida la manda judicial.-
IV.OBSERVACIONES Que las actividades de la ACUMAR, en representación de los condenados Estados nacional, bonaerense y porteño, para el logro de los objetivos del fallo en ejecución, en materia de residuos, deben acreditar resultados concretos en materia de remediación de pasivos ambientales, así como también respecto de la principal causa del problema: la ausencia de una gestión integral de los residuos en la cuenca.
No debe soslayarse que dicha gestión integral fue establecida por la normativa vigente como la vía apropiada para intervenir en los diversos aspectos sociales, económicos y ecológicos que convergen en la problemática de los residuos (ley de presupuestos mínimos Nº 25.916, bonaerense Nº 13.592 y porteña Nº 1.854). La misma determina que se debe actuar la generación, disposición inicial, recolección, transporte, transferencia, tratamiento y disposición final de los residuos. Etapas que corresponde articular de un modo coherente, que contemple su interdependencia y complementariedad.
Habida cuenta de la dimensión metropolitana de la temática, lo resuelto por la CSJN y las amplias y prevalentes facultades que le fueron otorgadas a la ACUMAR mediante ley 26.168, corresponde que sea ella quien organice los recursos normativos, económicos y técnicos para el logro de los cometidos antes mencionados, a la vez que coordine y monitoree la actividad de las autoridades locales y demás jurisdicciones involucradas.
Las presentaciones del organismo en esta oportunidad dan cuenta de que comienzan a revisarse algunos aspectos controversiales de la estrategia adoptada. No obstante, persisten las falencias advertidas en nuestras anteriores presentaciones, lo que obstaculiza el logro de los objetivos definidos por el máximo tribunal. En consecuencia, reiteramos nuestra solicitud para que se provea lo allí peticionado.
Sin perjuicio de ello, en aras de contribuir a la tarea de V.S. seguidamente formulamos observaciones en relación a los nuevos informes.-

a)Plan de acción con municipios Consideramos que la estrategia acordada por la ACUMAR, los Estados condenados y los Municipios de la cuenca para el saneamiento de los basurales, a través de la firma de Acuerdos Específicos para el cumplimiento del Plan Maestro de Gestión Integral de Residuos (04/05/2011), resultó deficiente y no logró los resultados perseguidos.
Los acuerdos organizaron las obligaciones de las partes, siendo responsabilidad de las autoridades locales limpiar los puntos de arrojo y mantener los basurales limpiados por la ACUMAR. El elevado porcentaje de sitios que, luego de su limpieza, presentan residuos o se han reinsertado da cuenta acabada de las falencias del instrumento utilizado (65% sobre un total de 364 sitios-186 limpiados y 178 puntos de arrojo-).
Ello puede deberse a falencias en la ejecución de los acuerdos (como ser incumplimientos de los Municipios y ausencia de contralor por parte de la autoridad de cuenca) o errores en formulación de la política implementada (déficits de capacidad institucional para acometer las tareas previstas, ausencia de sistemas de rendición de cuentas, insuficiencia de financiamiento, etcétera). Corresponde a la ACUMAR, por ser la responsable de cumplir con el programa ordenado por la CSJN, evaluar las deficiencias corroboradas y arbitrar medidas correctivas.
No obstante, el organismo evidencia no ha adecuado su accionar a una problemática dinámica. El hecho de que la cantidad de sitios en los cuales se planifica intervenir se sostenga fija desde el año 2011 (año en el cual se suscribieron los acuerdos) es prueba suficiente en tal sentido.
A su vez, no debiera soslayarse que los Acuerdos Específicos, fueron suscriptos dentro del Convenio Marco para la Elaboración y Ejecución del Plan Maestro GIRSU de la Cuenca Matanza Riachuelo (28/12/2010). Por ende, no es posible escindir el análisis de la limpieza de basurales de las restantes tareas que implica la GIRSU.
En ese marco los municipios debían presentar alternativas de recolección para zonas de difícil acceso, acciones para la conservación de los espacios recuperados, aportar información para la concreción del plan, colaborar en la ejecución del Plan Maestro, identificar y proponer sitios destinados a la construcción de infraestructura para la gestión integral. Obligaciones que exceden a lo establecido en los Acuerdos Específicos sobre las que nada se informa.
Es claro que la ACUMAR orientó la mayor parte de las acciones a la remoción de residuos en los basurales relevados en los convenios. Ello implica combatir al síntoma de una enfermedad conocida: la ausencia de una Gestion Integral de Residuos Sólidos Urbanos. Los resultados están a la vista: reinserción y nuevos sitios de disposición final irregular. Las mandas de prevenir nuevos basurales, impedir que se sigan disponiendo residuos en los basurales de la cuenca que deben cerrarse y la erradicación de basurales ilegales: incumplidas.
Por ese motivo hemos peticionado que se "Requiera al ente interjurisdiccional la evaluación del grado de avance en los convenios relativos al PMGIRSU y los Acuerdos Específicos sectoriales", con miras a un nuevo acuerdo de coordinación y articulación interjurisdiccional (02/09/14 y 15/04/14). V.S. exigió a la ACUMAR diagramar "un plan conjunto con los municipios" relativo a los controles, reinserción y cronograma de acción para evitar la reinserción.
En respuesta, la Autoridad de Cuenca presenta una serie de acciones, sobre las cuales observamos lo siguiente:
1.Se ha presentado una serie de actividades posibles y un cronograma tentativo que no constituye un plan en sí mismo, ya que no se encuentran todas las actividades organizadas en distintos grupos; hay actividades, sub-actividades con la misma entidad, muchas propuestas no están incluidas en el cronograma, donde tampoco figuran las tareas de los municipios. 2.Las propuestas aún no han sido consensuadas con los municipios. 3.La mayor parte de las acciones se refieren a los basurales, siendo preciso incorporar en los nuevos acuerdos todos los elementos de la GIRSU, tal lo estipulado en el Convenio Marco de 2010. 4.Se destacan elementos importantes en el cronograma tentativo, como la firma de Acuerdos Específicos anuales, que permiten una adaptación a la realidad cambiante. Asimismo entre las acciones positivas se destaca el control del proveedor de servicio público y generadores de residuos, inclusión de cartoneros, ampliación de la población y superficie cubierta por la recolección. 5.Como tarea deficitaria en cuanto a plazos se encuentran los proyectos para macrobasurales, sobre los cuales ya nos hemos manifestado en el escrito del 02/09/14.-
b)Inspección de basurales ACUMAR presentó los informes de fiscalización de los basurales incluidos en la línea de base, correspondientea los meses de junio y julio de 2014. Debido a que no se introdujeron cambios significativos respecto a lo ya analizado por esta parte en los anteriores informes mensuales, remitimos brevitatis causae a lo ya expuesto, reiterando lo allí peticionado.
De todos modos, habida cuenta de la poca variabilidad en los informes mensuales, consideramos correcto que los mismos se elaboren trimestralmente (cfme. resolución del 28/05/14, ap. XV). Oportunidad en la cual deberán tenerse presente las objeciones de esta parte en cuanto a los obstáculos existentes para el acceso a la información (formatos utilizados -archivos .PDF-, la ausencia de cuadro resumen adjunto, etcétera).-
c)Ecopuntos El procesamiento de todos los residuos generados en la cuenca previo a su disposición final es una acción imprescindible para disminuir los volúmenes enviados a los rellenos sanitarios, así como para reincorporar recursos al sistema productivo, disminuyendo la extracción de los ecosistemas.
En esa dirección hemos peticionado reiteradamente que se "Requiera la presentación de un plan para garantizar que el 100% de los residuos generados en la cuenca sean procesados en un Ecopunto con anterioridad a su disposición final". Ello debido a que la capacidad proyectada por la ACUMAR es insuficiente para procesar todos los residuos generados. Tomando las cantidades de residuos que se generan, según lo informado por los municipios a fs. 3574/3587, la construcción de los 15 ecopuntos proyectados, sólo permitirá canalizar al 47% de los mismos.
V.S. requirió en fecha 28/05/14, "un informe con el estado actual de los ecopuntos proyectados y la fecha estimada de conclusión". ACUMAR presentó un archivo Excel con el estado de avance a agosto de 2014 (fs. 4595/4598). Con respecto a la fecha estimada de conclusión, informó que "no es posible definir la finalización de obra debido a que la tramitación administrativa se encuentra a cargo de los Municipios, a excepción de la Cuenca Alta (San Vicente, Marcos Paz, Las Heras, Presidente Perón y Cañuelas) que lo lleva adelante la OPDS".
En el cuadro a continuación se comparan la presentación actual con una realizada en agosto de 2013, al tiempo que se calcula la cantidad de residuos generados por persona en cada municipio, a partir de lo informado por las autoridades locales. Según surge del mismo, de los 15 Ecopuntos proyectados, en 10 no se han producido avances durante un año (Almirante Brown 40%), La Matanza (60%), Lanús (0%), Merlo (90%), Las Heras (90%), San Vicente (98%), Cañuelas (70%), Esteban Echeverría (0%), Presidente Perón (0%), Lomas de Zamora (0%). Un caso curioso es el de Lomas de Zamora-Lanús, que en 2013 se encontraba en 100% de avance y en 2014 se encuentra en 98%.
Otra observación que surge es la llamativa diferencia en la generación de residuos por persona en los distintos municipios. Mientras que en Esteban Echeverría se producen 574 g/persona.día, en Morón se producen 1155 g/persona.día. Los estudios en la materia a priori dan cuenta de un promedio, con baja desviación estándar, en la generación de residuos.Entonces esta gran diferencia se explicaría por una subestimación de las cantidades que el Municipio envía a relleno sanitario; cantidad que define el canon que se paga por el servicio. En definitiva, ello podría explicar, también, que en algunos municipios no se recolecten y envíen al CEAMSE residuos, generando más basurales; por caso, Esteban Echeverría (68).
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d)Basurales de la cuenca alta Uno de los principales problemas en materia de residuos son los macro-basurales municipales de la subcuenca alta, puesto que los municipios no realizan disposición final en relleno sanitario. Los nuevos documentos no modifican en absoluto lo expresado por esta parte el pasado 02/09/2014, presentación a la cual remitimos breviatis causae. A seis años del fallo de la CSJN entendemos que deben adoptarse medidas conducentes para resolver esta cuestión. De lo contrario se estaría consintiendo una disposición final de residuos con conocidos impactos ambientales negativos, violentando los mandatos judiciales de prevenir y recomponer el daño al ambiente.-
V.RESERVA DE CASO FEDERAL. Que, para la eventualidad que V.S. no hiciere lugar a lo peticionado en el presente escrito, se deja planteada la cuestión federal, por cuanto un fallo que así decidiera avalaría la conducta de la demandada que resulta violatoria de las garantías y derechos reconocidos por nuestro Máximo Tribunal importando asimismo, un desconocimiento de la sentencia dictada en esta causa.
Ello posibilita una presentación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por vía del recurso extraordinario, regulado en el art. 14 de la ley 48 y Acordada por la CSJN Nº 4/2007, y de conformidad con lo dispuesto en el Considerando 21º del fallo en ejecución.-
VI.PETITORIO. En razón de lo expuesto, solicito a V.S.:
1.Tenga por contestado, en tiempo y forma, el traslado ordenado. 2.No tenga por cumplida la manda judicial. 3.Provea lo peticionado en los escritos citados en el acápite III. En consecuencia: a) Requiera a la ACUMAR la presentación de un informe sobre los avances del PMGIRSU, en sus ejes estratégicos de gestión integral y saneamiento de basurales, con especial atención en el Programa de Sensibilización ACUMAR 3R, construcción de Ecopuntos, recolección de residuos en villas y asentamientos.
b) Impulse la adopción de las normas y losrecursos necesarios para implementarun sistema de separación en origen.
c) Exija la construcción de indicadores que den cuenta de las reducciones alcanzadas en materia de volumen de residuos generados y dispuestos en basurales irregulares.
d) Intime a la ACUMAR a presentar un plan de recolección de residuos en el 100% del territorio de la cuenca hidrográfica.
e) Requiera la presentación de un plan para garantizar que el 100% de los residuos generados en la cuenca sean procesados en un Ecopunto con anterioridad a su disposición final.
f) Requiera a la ACUMAR la presentación de un plan para todos los sitios con residuos de la cuenca, hayan sido limpiados o no, incluyendo aquellos a cargo de los municipios y los nuevos denunciados, detallando un cronograma de acciones, especialmente aquellas tendientes a evitar la reinserción e incluyendo los criterios de priorización para la intervención expuestos en el escrito del 11/07/2013.
g) Intime a la ACUMAR a presentar un proyecto definitivo para la recomposición ambiental de los basurales municipales y una adecuada disposición final en los partidos de Gral. Las Heras, Cañuelas, Marcos Paz y San Vicente.
h) Requiera la incorporación en la Base de Datos de Basurales, de los nuevos sitios denunciados, las tareas a cargo de los municipios y los resultados de las sucesivas inspecciones, y su publicación en el portal web de la autoridad de cuenca.
i) Requiera al ente interjurisdiccional la evaluación del grado de avance en los convenios relativos al PMGIRSU y los Acuerdos Específicos sectoriales.
j) Requiera a la autoridad de cuenca el listado de basurales reinsertados, desagregado por si pertenecen a la cuenca hídrica.
k) Intime a cumplir con lo ordenado el 14/09/2011respecto a los planes de recolección de cada unos de los municipios, cantidad de basura generada, planes de minimización y plantas de tratamiento.
l) Requiera a la ACUMAR un diagnóstico sobre los planes de recolección y basurales existentes en todas las villas y asentamientos informales".
4.Requiera a la ACUMAR la presentación de un Plan Conjunto con los municipios que incorpore acciones de gestión integral, de acuerdo con lo establecido en el Convenio Marco 2010, considerando las observaciones ut supra realizadas. 5.Tenga presente la reserva del caso federal efectuada. Proveer de conformidad. SERÁ JUSTICIA.-



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