Programa de Responsabilidad Energética
Recomendación a la Secretaría de Energía para llevar a la práctica un Programa de Responsabilidad Energética
13 de septiembre de 2007
BUENOS AIRES, 13 de septiembre de 2007
VISTO las actuaciones Nros 5558/02 caratulada: "DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION, sobre presunta falta de transparencia en el mercado de gas oil y 10995/02 caratulada: "DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION, sobre perjuicios derivados del corte de energía eléctrica", y
CONSIDERANDO: Que desde el inicio del actual período invernal, se registraron temperaturas muy bajas que provocaron un fuerte incremento de energía para la calefacción residencial. Que ello provocó un estado de preocupación en esta Institución que motivó, entre otras acciones, el seguimiento de las distintas variables que integran la oferta de electricidad y de gas natural ante las perspectivas de cortes de suministro. Que con el mismo propósito se analizaron también las medidas oficiales orientadas a la administración de la demanda conforme lo dispone la Resolución SE Nº 1281/06. Que el mecanismo utilizado para el seguimiento del comportamiento del mercado energético, fue la realización de informes diarios sobre el sistema de gas natural y el SADI, como así también, el envío de notas a representantes de Cámaras y agrupaciones de usuarios de todo el país, según consta en distintas actuaciones. Que del trabajo realizado surgieron elementos que muestran las limitaciones propias de los sistemas que abastecen el consumo final de gas natural y de energía eléctrica. Que con relación al gas natural, ante una capacidad de transporte de los 125 millonesM3/día, aún en los días más fríos la inyección a la red troncal no superó los 115 millones M3/día, restando una oferta del orden de los 10 millonesM3/día. Que a diferencia de años anteriores, el sistema de transporte troncal no fue un factor limitante para elabastecimiento del consumo interno. Que en este contexto la disminución de la inyección de gas a la red troncal fue motivada por la ausencia de inversiones suficientes tanto en la incorporación de reservascomo para mantener o aumentar la producción de gas natural. Que las reducciones forzadas del volumen de gas dirigido al uso de GNC, a los grandes usuarios y el corte total a las generadoras de energía eléctrica que pueden consumir gas natural, fueron sus consecuencias más evidentes. Que las exportaciones fueron reducidas a volúmenes mínimos de alrededor de un millón de M3/día, siendo la capacidad de transporte contratada de todos los gasoductos a los países limítrofes de 27 millones de M3/día. Que por su parte, la importación desde Bolivia promedió los 5,5 millones de M3, no alcanzando a completar los 7,7 millones M3/día de capacidad de transporte contratada. Que en cuanto a la energía eléctrica en el período analizado se registraron en todo el país interrupciones en generación y distribución que obligaron a cortes del suministro eléctrico de diferente magnitud y duración. Que la Resolución SE Nº 1281/06 estableció la reducción de cargas a los grandes usuarios fijando como consumo límite el del año 2005. Que en otro orden, salieron de servicio grandes generadores y transformadores, ya sea por mantenimiento programado o por imprevisto técnico, que restaron al sistema de 1000 MW a 1500 MW. Que en este escenario, se alcanzó el récord histórico de energía y potencia del SADI para un día hábil con 358 GWh y 18.345 MW, respectivamente, y un incremento en la generación del primer semestre del corriente año, respecto del anterior, en un 6,7%. Que tanto la oferta y la demanda de gas natural como la de energía eléctrica interactúan con alguno de los derivados del petróleo, como son las naftas, el gas oil y el fuel oil. Que este análisis se focaliza sobre estos dos últimos, atento a que la Resolución S.E. Nº 459/07 los ha definido como sustitutos del gas natural para aquellos usuarios industriales que puedan utilizarlo y sumado a ello, porque son los combustibles que pueden destinarse para la generación de electricidad. Que son el fuel oil y el gas oil los combustibles que presentarán el escenario más complejo en los próximos meses, toda vez que en el caso del gas oil, a la fuerte demanda interna proveniente del sector transporte y el agrícola, se le sumará la de los equipos de generación de energía eléctrica de autogeneradores y de generación distribuida, cuya evolución es claramente creciente. Que atento a ello y a lo ocurrido durante la época invernal, resulta necesario que se extremen las previsiones de gas oil, a efectos de que los equipos de autogeneradores y de generación distribuida cuenten con el combustible necesario y suficiente para funcionar. Que no menos importantes resultan los puntuales picos de consumo que ocurrirán en el interior del país, donde por incrementos de la actividad regional, el gas oil disponible en el lugar resultaría insuficiente, afectando a pequeños y medianos productores que no disponen o no pueden utilizar otro combustible. Que a ello se agrega que en el primer semestre del año 2008 comenzarán las operaciones de puesta en marcha de dos nuevas centrales de generación eléctrica por 1600 MW y que, de faltar gas natural transitoriamente, quemarán gas oil a razón de unos 8000 M3/día. Que puede inferirse entonces, que el desequilibrio entre oferta y demanda en el mercado del gas oil se acentuará. Que de lo reseñado puede concluirse que si bien a la fecha hay proyectos y obras para aumentar la oferta de energía eléctrica, no ocurre lo mismo con el gas natural, el gas oil y el fuel oil, quedando como único recurso la importación de estos dos combustibles líquidos para cubrir los faltantes. Que es de esperar que los últimos récord de energía y potencia mencionados en párrafos anteriores, sean superados durante el próximo verano. Que ante un parque de generación que no va a contar con más energía a esa fecha, es muy probable que el equilibrio del sistema se logre mediante reducciones de carga, como ocurrió recientemente. Que el gas oil será el combustible sobre el cual se dirigirán las demandas sectoriales más importantes, provocando inconvenientes con su abastecimiento en todo el país. Que por todo lo reseñado, deviene necesario recomendar a la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION que arbitre todas las medidas necesarias para: a) llevar a la práctica un Programa de Responsabilidad Energética, b) definir y lograr stock mínimos de gas oil en tiempo, forma y lugar que permitan reducir a su mínima magnitud posibles desabastecimientos y maniobras especulativas en el mercado y c) en el marco de lo establecido por la ley 17.319, exigir a permisionarios y concesionarios de las áreas hidrocarburíferas de la que son titulares, que realicen las inversiones necesarias, tendientes a incrementar las reservas y la producción de petróleo y gas natural. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 86 de la CONSTITUCION NACIONAL, la Ley Nº 24.284 y normas concordantes.
Por ello,
EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Recomendar al señor SECRETARIO DE ENERGIA DE LA NACION que arbitre todas las medidas necesarias para: a) llevar a la práctica un Programa de Responsabilidad Energética, b) definir y lograr stock mínimos de gas oil en tiempo, forma y lugar que permitan reducir a su mínima magnitud posibles desabastecimientos y maniobras especulativas en el mercado y c) exigir que permisionarios y concesionarios de las áreas hidrocarburíferas de la que son titulares, materialicen las inversiones necesarias, tendientes a incrementar la producción de petróleo y gas natural y sus reservas, ello en el marco de la Ley Nº 17.319.
ARTICULO 2º: Regístrese, notifíquese en los términos del artículo 28 de la Ley Nº 24.284 y resérvese.
RESOLUCION Nº 76/2007
VISTO las actuaciones Nros 5558/02 caratulada: "DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION, sobre presunta falta de transparencia en el mercado de gas oil y 10995/02 caratulada: "DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION, sobre perjuicios derivados del corte de energía eléctrica", y
CONSIDERANDO: Que desde el inicio del actual período invernal, se registraron temperaturas muy bajas que provocaron un fuerte incremento de energía para la calefacción residencial. Que ello provocó un estado de preocupación en esta Institución que motivó, entre otras acciones, el seguimiento de las distintas variables que integran la oferta de electricidad y de gas natural ante las perspectivas de cortes de suministro. Que con el mismo propósito se analizaron también las medidas oficiales orientadas a la administración de la demanda conforme lo dispone la Resolución SE Nº 1281/06. Que el mecanismo utilizado para el seguimiento del comportamiento del mercado energético, fue la realización de informes diarios sobre el sistema de gas natural y el SADI, como así también, el envío de notas a representantes de Cámaras y agrupaciones de usuarios de todo el país, según consta en distintas actuaciones. Que del trabajo realizado surgieron elementos que muestran las limitaciones propias de los sistemas que abastecen el consumo final de gas natural y de energía eléctrica. Que con relación al gas natural, ante una capacidad de transporte de los 125 millonesM3/día, aún en los días más fríos la inyección a la red troncal no superó los 115 millones M3/día, restando una oferta del orden de los 10 millonesM3/día. Que a diferencia de años anteriores, el sistema de transporte troncal no fue un factor limitante para elabastecimiento del consumo interno. Que en este contexto la disminución de la inyección de gas a la red troncal fue motivada por la ausencia de inversiones suficientes tanto en la incorporación de reservascomo para mantener o aumentar la producción de gas natural. Que las reducciones forzadas del volumen de gas dirigido al uso de GNC, a los grandes usuarios y el corte total a las generadoras de energía eléctrica que pueden consumir gas natural, fueron sus consecuencias más evidentes. Que las exportaciones fueron reducidas a volúmenes mínimos de alrededor de un millón de M3/día, siendo la capacidad de transporte contratada de todos los gasoductos a los países limítrofes de 27 millones de M3/día. Que por su parte, la importación desde Bolivia promedió los 5,5 millones de M3, no alcanzando a completar los 7,7 millones M3/día de capacidad de transporte contratada. Que en cuanto a la energía eléctrica en el período analizado se registraron en todo el país interrupciones en generación y distribución que obligaron a cortes del suministro eléctrico de diferente magnitud y duración. Que la Resolución SE Nº 1281/06 estableció la reducción de cargas a los grandes usuarios fijando como consumo límite el del año 2005. Que en otro orden, salieron de servicio grandes generadores y transformadores, ya sea por mantenimiento programado o por imprevisto técnico, que restaron al sistema de 1000 MW a 1500 MW. Que en este escenario, se alcanzó el récord histórico de energía y potencia del SADI para un día hábil con 358 GWh y 18.345 MW, respectivamente, y un incremento en la generación del primer semestre del corriente año, respecto del anterior, en un 6,7%. Que tanto la oferta y la demanda de gas natural como la de energía eléctrica interactúan con alguno de los derivados del petróleo, como son las naftas, el gas oil y el fuel oil. Que este análisis se focaliza sobre estos dos últimos, atento a que la Resolución S.E. Nº 459/07 los ha definido como sustitutos del gas natural para aquellos usuarios industriales que puedan utilizarlo y sumado a ello, porque son los combustibles que pueden destinarse para la generación de electricidad. Que son el fuel oil y el gas oil los combustibles que presentarán el escenario más complejo en los próximos meses, toda vez que en el caso del gas oil, a la fuerte demanda interna proveniente del sector transporte y el agrícola, se le sumará la de los equipos de generación de energía eléctrica de autogeneradores y de generación distribuida, cuya evolución es claramente creciente. Que atento a ello y a lo ocurrido durante la época invernal, resulta necesario que se extremen las previsiones de gas oil, a efectos de que los equipos de autogeneradores y de generación distribuida cuenten con el combustible necesario y suficiente para funcionar. Que no menos importantes resultan los puntuales picos de consumo que ocurrirán en el interior del país, donde por incrementos de la actividad regional, el gas oil disponible en el lugar resultaría insuficiente, afectando a pequeños y medianos productores que no disponen o no pueden utilizar otro combustible. Que a ello se agrega que en el primer semestre del año 2008 comenzarán las operaciones de puesta en marcha de dos nuevas centrales de generación eléctrica por 1600 MW y que, de faltar gas natural transitoriamente, quemarán gas oil a razón de unos 8000 M3/día. Que puede inferirse entonces, que el desequilibrio entre oferta y demanda en el mercado del gas oil se acentuará. Que de lo reseñado puede concluirse que si bien a la fecha hay proyectos y obras para aumentar la oferta de energía eléctrica, no ocurre lo mismo con el gas natural, el gas oil y el fuel oil, quedando como único recurso la importación de estos dos combustibles líquidos para cubrir los faltantes. Que es de esperar que los últimos récord de energía y potencia mencionados en párrafos anteriores, sean superados durante el próximo verano. Que ante un parque de generación que no va a contar con más energía a esa fecha, es muy probable que el equilibrio del sistema se logre mediante reducciones de carga, como ocurrió recientemente. Que el gas oil será el combustible sobre el cual se dirigirán las demandas sectoriales más importantes, provocando inconvenientes con su abastecimiento en todo el país. Que por todo lo reseñado, deviene necesario recomendar a la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION que arbitre todas las medidas necesarias para: a) llevar a la práctica un Programa de Responsabilidad Energética, b) definir y lograr stock mínimos de gas oil en tiempo, forma y lugar que permitan reducir a su mínima magnitud posibles desabastecimientos y maniobras especulativas en el mercado y c) en el marco de lo establecido por la ley 17.319, exigir a permisionarios y concesionarios de las áreas hidrocarburíferas de la que son titulares, que realicen las inversiones necesarias, tendientes a incrementar las reservas y la producción de petróleo y gas natural. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 86 de la CONSTITUCION NACIONAL, la Ley Nº 24.284 y normas concordantes.
Por ello,
EL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Recomendar al señor SECRETARIO DE ENERGIA DE LA NACION que arbitre todas las medidas necesarias para: a) llevar a la práctica un Programa de Responsabilidad Energética, b) definir y lograr stock mínimos de gas oil en tiempo, forma y lugar que permitan reducir a su mínima magnitud posibles desabastecimientos y maniobras especulativas en el mercado y c) exigir que permisionarios y concesionarios de las áreas hidrocarburíferas de la que son titulares, materialicen las inversiones necesarias, tendientes a incrementar la producción de petróleo y gas natural y sus reservas, ello en el marco de la Ley Nº 17.319.
ARTICULO 2º: Regístrese, notifíquese en los términos del artículo 28 de la Ley Nº 24.284 y resérvese.
RESOLUCION Nº 76/2007